El plazo de inscripción estará abierto hasta el martes, 30 de septiembre.
El Clúster de Turismo de Galicia ha abierto el plazo de inscripción para participar en la misión comercial a la feria internacional de turismo WTM London 2025, que se celebrará del 4 al 6 de noviembre en la capital británica. Esta cita es uno de los encuentros profesionales más relevantes del sector turístico a nivel mundial y representa una oportunidad clave para la proyección internacional de las empresas gallegas.
La expedición comenzará el lunes 3 de noviembre, con salida desde el aeropuerto de Santiago de Compostela hacia Londres-Heathrow. El viaje incluye maleta facturada, traslados en autocar entre aeropuerto y hotel, y alojamiento en el Blakemore Hyde Park en régimen de alojamiento y desayuno. El regreso está previsto para el jueves 6 de noviembre por la noche. Como novedad, el programa también contempla la organización de una cena networking para favorecer la generación de contactos profesionales.
Las plazas son limitadas a 18 participantes.
El coste de participación es de 800 euros por persona, en concepto de “Servicios de Internacionalización en WTM London 2025” en la cuenta ES56 0081 0499 6000 0167 4368. Para formalizar la inscripción, las empresas interesadas deberán enviar un correo a secretariatecnica@clusterturismogalicia.com, incluyendo los datos personales, de contacto y de facturación, junto con el justificante del ingreso en la cuenta habilitada. El plazo finaliza el 30 de septiembre y las plazas son limitadas a 18 participantes.
En caso de recibir más solicitudes que plazas, se aplicará un criterio de prioridad según la tipología de empresa:
Grupo 1: Comercialización y distribución (mayoristas, agencias receptivas). Máximo 2 plazas por entidad.
Grupo 2: Alojamiento y oferta complementaria (hoteles, turismo rural, campings, turismo activo, náutico, MICE, etc.). Máximo 1 plaza por entidad.
Grupo 3: Otras entidades. Máximo 1 plaza por entidad.
Cabe recordar que toda persona que confirme su asistencia y no acuda al viaje deberá abonar 1.660 euros, salvo que la ausencia esté cubierta por el seguro de cancelación.
La participación en WTM London permitirá al tejido turístico gallego reforzar su visibilidad en el mercado internacional y consolidar lazos comerciales en un escenario de máxima relevancia para la industria.
Según la información de SIMADA, a lo largo del mes se superó el porcentaje del 80% en diferentes jornadas, con picos de más del 86%. Respecto a la duración de las estancias, la media fue de cinco días y el precio medio por noche se situó en los 118 euros, aunque se alcanzaron los 130 euros.
Respecto al origen de las personas que nos visitan, el 76% son de origen nacional y cerca de un 23% internacionales. En cuanto a los países de origen de los viajeros internacionales, en primer lugar, está Portugal, sucesivo Reino Unido, Italia y Francia. En el caso de los viajeros nacionales, Madrid es la Comunidad de origen mayoritario, seguida de Galicia, País Vasco, Castilla y León y Cataluña.
Las cifras superan en buena medida las registradas durante el pasado mes de julio, en el que la media de ocupación fue del 64%
Las cifras de agosto superan en buena medida las inscritas en julio, mes en el que el porcentaje de ocupación se situó en cerca del 64%, con picos que superaron el 86% en el puente del Apóstol. La estancia media del pasado mes de julio, fue medio punto más bajo que en agosto, con 4,5 noches y el precio medio por noche se situó en cerca de 91 euros, con noches que superaron los 100 euros.
Respeto al origen, la mayoría de los visitantes, más del 74% fueron de origen nacional y más del 24% nacionales. Los países de origen mayoritarios de los viajeros de julio fueron Portugal, Polonia, Reino Unido y Alemania, y en el caso de los visitantes de origen nacional, a la cabeza está el turismo de interior, el de los propios gallegos, seguido del procedente de Madrid, Castilla y León, Andalucía y Cataluña.
Galicia consolida un crecimiento sostenible y una tendencia hacia la desestacionalización
Los datos publicados la semana pasada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) confirman la solidez del turismo en Galicia durante el primer semestre de 2025. En total, 2.967.407 personas visitaron la comunidad entre enero y junio, lo que supone un incremento del 4,5% respecto al mismo periodo del año anterior. Las pernoctaciones también crecieron un 3,8%, alcanzando un total de 4.961.113 noches en establecimientos turísticos. Estos datos se traducen en 165 M€ de ingresos en el sector.
Otro indicador destacado es el crecimiento del turismo internacional, que representa ya el 39,6% del total y aumenta un 5,5% respecto a 2024. Los principales mercados siguen siendo el nacional (que supone el 57,6% entre turismo interno y del resto del Estado) y países europeos clave como Reino Unido, Alemania y Francia.
En este sentido, el comportamiento de los meses tradicionalmente menos concurridos refleja un cambio estructural: cada vez más personas escogen Galicia fuera del verano, gracias a la autenticidad del destino, su naturaleza, y su oferta cultural y gastronómica.
El Gran Talaso Hotel Sanxenxo recibe el distintivo Galicia Calidade
Estos datos fueron presentados por el director de Turismo de Galicia, Xosé Manuel Merelles, durante el acto de entrega del distintivo Galicia Calidade al Gran Talaso Hotel Sanxenxo. El establecimiento se convirtió en el único talaso gallego que ostenta este sello, sumándose a la red de balnearios Caldaria que ya cuentan con la certificación.
En el evento participaron el presidente del Clúster Turismo de Galicia, Cesáreo Pardal, y la gerente de Galicia Calidade, Ana Méndez, quienes pusieron en valor el compromiso del hotel con la excelencia y la calidad.
Hasta el momento, Galicia Calidade certifica a más de 170 empresas y más de 880 productos y servicios, entre ellos 52 vinculados al turismo, con representación en el sector hotelero, la restauración, el turismo rural y el ocio náutico.
O Semáforo de Fisterra acogió la semana pasada un acto de presentación en el que participaron la conselleira de Política Social e Igualdade, Fabiola García, y el vicepresidente del Clúster, Jesús Picallo
El Carné +65 sigue ampliando su red de establecimientos adheridos en toda Galicia. Ya son cerca de 900 los negocios hoteleros que ofrecen ventajas y descuentos a las personas mayores de 65 años gracias a esta iniciativa de la Xunta de Galicia, que busca promover el bienestar de este colectivo al tiempo que impulsa la actividad económica, incluyendo el ámbito turístico.
Durante el acto celebrado el 23 de julio en el hotel O Semáforo de Fisterra, la conselleira de Política Social e Igualdade, Fabiola García, hizo entrega del distintivo oficial al establecimiento, que ofrece un 10% de descuento a los titulares del carné. A esta adhesión se suman también el hotel Faro de Lariño (Carnota) y el Banco Azul (Fisterra).
En la cita participó el vicepresidente del Clúster Turismo de Galicia, Jesús Picallo, recibiendo los distintivos como gerente del establecimiento, y mostrando su apoyo al programa. Picallo (titular él mismo del Carné +65) subrayó el valor estratégico de esta herramienta, que permite a las personas mayores acceder a condiciones ventajosas en alojamientos, agencias de viaje, comercios, centros de bienestar o servicios de ocio, entre otros.
Una iniciativa que beneficia a las personas mayores y dinamiza el sector turístico
La Asamblea anual del Clúster Turismo de Galicia, celebrada el jueves 17 de julio en Santiago, hizo balance de las actuaciones del pasado año e informó de las previstas para el 2025
La entidad que aglutina al sector en la comunidad participó durante 2024 en las ferias turísticas internacionales más importantes y reforzó su presencia en eventos nacionales
La presentación de la Estrategia 2030, las actuaciones para sumar adhesiones al club de producto “Galicia Destino Sostible”, el cierre del programa Xacobeo Xove o la implantación de SIMADA fueron iniciativas destacadas del año pasado
La promoción del destino Galicia fuera de nuestras fronteras es una línea estratégica de actuación para el Clúster Turismo de Galicia, que en el año 2024 se tradujo en la participación de la entidad en las principales ferias turísticas internacionales: ITB Berlín, BTL Lisboa, TTG Incontri de Rímini, WTM Londres, MAST Chicago, BTL Lisboa. También se ha participado en otras acciones de apoyo a la comercialización de la mano de Turespaña, dirigidas a mercados como EEUU y Canadá, Japón, Corea y Taiwán, Europa, BENELUX y Latam, así como la organización de un workshop en Lisboa.
Además, durante el pasado año se reforzó la promoción nacional con la participación del Clúster en ferias y foros nacionales como Fitur, Turexpo Galicia, GastroTur, Sun&Blue, Intur, Foro Exceltur o la Conferencia Iberoamericana de Ministros y Empresarios de Turismo; eventos institucionales como la Mesa de Turismo de España o la Presentación Galicia MICE en Madrid; y la organización de un workshop en Sevilla.
Se ha continuado trabajando en la consolidación de iniciativas como “Galicia Destino Sostible”, a través de la presencia en ferias nacionales e internacionales, la celebración de eventos que facilitan la comercialización como son los workshops, o la organización de viajes de familiarización y prescripción con un enfoque sostenible. Todo ello ha permitido incrementar las adhesiones al Club de Producto que concentra la oferta turística sostenible y aumentar su visibilidad.
Además, a lo largo del 2024 también se amplió la implementación del sistema de monitorización de datos de alojamiento (SIMADA), con el que ya se han proporcionado las primeras previsiones para este verano. Con SIMADA el Clúster busca mejorar la comercialización ofreciendo a las empresas del sector un sistema que proporciona datos actualizados de ocupación, precios y canales de venta para poder tomar decisiones estratégicas y ajustarse a las tendencias del mercado en tiempo real.
Durante el pasado ejercicio el Clúster ha gestionado el programa Xacobeo Xove, que ha permitido que más de 2.700 personas titulares del Carné Xove pudiesen disfrutar de la experiencia del Camino.
También se ha continuado con servicios a las empresas, entre los cuales están los de apoyo a las certificaciones, donde casi 50 empresas cuentan con la certificación S de sostenibilidad y más de 250 con la certificación Q de calidad turística.
Uno de los hitos más importantes del pasado año, fue la elaboración de la Estrategia Turismo de Galicia 2030, en colaboración con la Axencia Turismo de Galicia, que busca potenciar la identidad propia y singular de nuestro destino, con un enfoque sostenible e internacionalizado, que permita una actividad menos estacional y al mismo tiempo, más rentable. Un turismo que ayudará en el reequilibrio territorial y que demandará una mejora en la movilidad interna de nuestro territorio.
Un año más, la colaboración con la Diputación de Pontevedra permitió la organización de una jornada para el sector que, bajo el título “Networking Rías Baixas: Turismo que une. Redes de trabajo para la conformación de experiencias turísticas”, tenía como objetivo fomentar el networking entre operadores y un mejor conocimiento de la oferta turística, especialmente aquella más reciente e innovadora.
Son algunas de las actividades recogidas en el balance de actuaciones que se presentó esta mañana en la Asamblea general del Clúster, celebrada en Santiago, y en la que también se avanzaron las líneas estratégicas de 2025.
Futuras actuaciones del Clúster
Durante este año, el Clúster seguirá centrando sus esfuerzos, alineados con la Estrategia de Turismo Galicia 2030, en la promoción, difusión y comercialización del destino Galicia, apostando por la internacionalización, la sostenibilidad y la rentabilidad empresarial. Para ello seguirá ofreciendo asesoramiento para la implantación de la Q de calidad y la S de sostenibilidad a las empresas turísticas. Además, formalizará un convenio con la Agencia de Turismo para ampliar el alcance de SIMADA e incorporar nuevas funcionalidades al sistema.
Las experiencias se podrán disfrutar entre el 15 de septiembre y el 25 de diciembre de 2025.
Las empresas se podrán adherir desde el 15 de julio hasta el 1 de diciembre en la página bonoturismo.gal
A partir de 18 de julio, estará disponible una nueva edición del bono turístico #DescubreGaliciaenOutono, una iniciativa de la Xunta de Galicia que busca consolidar el turismo fuera de la temporada estival y apoyar al sector en los meses con menor afluencia. La medida, que se activó con la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia el lunes 14, permitirá disfrutar de estancias y experiencias turísticas entre el 15 de septiembre y el 25 de diciembre de 2025.
Con más de 16.000 bonos disponibles, el programa pretende fomentar las escapadas de proximidad en otoño y poner en valor los recursos turísticos de la comunidad más allá del verano. Cada persona podrá adquirir hasta dos bonos por un coste de 90€ cada uno, que les permitirá disfrutar de servicios turísticos por valor de 150€, gracias a la cofinanciación del 40% por parte de la administración autonómica.
La medida busca reforzar la desestacionalización del turismo, una de las prioridades actuales de la política turística gallega, para distribuir de forma más equilibrada el impacto económico del sector a lo largo del año. El objetivo es impulsar el consumo en establecimientos locales, como alojamientos o agencias de viaje, en los meses donde tradicionalmente se registra menor demanda.
Adhesión de establecimientos turísticos y agencias al bono
Además, los establecimientos turísticos y agencias interesadas podrán adherirse al programa desde el 15 de julio hasta el 1 de diciembre a través de la web oficial bonoturismo.gal. La iniciativa prevé movilizar hasta 2,5 millones de euros en esta edición, sumándose a los 16,5 millones que se activaron desde su puesta en marcha en el 2020.
Las personas usuarias podrán descargar los bonos desde las 9:00h de 18 de julio hasta el 19 de diciembre de 2025, y su validez se extenderá desde el día 15 de septiembre hasta el 25 de diciembre (ambos incluidos).
El comité de evaluación aprobó el pasado viernes, 11 de julio, la incorporación de Casa Acuña, Hotel Spa Atlántico San Vicente do Mar y Hotel San Luis.
15 nuevas experiencias sostenibles se suman a la oferta de la marca turística, que acumula ya más de 170 escapadas sostenibles.
La marca turística ‘Galicia Destino Sostible’ refuerza su compromiso con el turismo responsable al incorporar recientemente tres nuevas empresas gallegas: Casa Acuña, Hotel Spa Atlántico San Vicente do Mar y Hotel San Luis. Además de esto, también se aprobó la incorporación de quince nuevas experiencias centradas en la sostenibilidad y el respeto por el entorno, que se suman al catálogo ya existente del club.
Con estas nuevas altas, el club de producto continúa consolidándose como un espacio de referencia para el turismo sostenible en Galicia, tanto por el número de empresas adheridas (más de 140 en la actualidad) como por la variedad y calidad de las más de 170 experiencias turísticas que ofrece, todas ellas vinculadas al respeto por la naturaleza, la identidad local y el bienestar de la comunidad.
¿Cómo puedo adherirme a ‘Galicia Destino Sostible’?
Las empresas interesadas en formar parte de ‘Galicia Destino Sostible’ pueden iniciar el proceso de adhesión a través de la web oficial, cumpliendo con uno de los requisitos habilitantes o la totalidad de los obligatorios y un tercio de los valorables. Una vez aceptadas, pueden gestionar sus experiencias en el portal y beneficiarse de las ventajas del club de forma totalmente gratuita.
Desde su creación en 2022 por iniciativa del Clúster Turismo de Galicia con el apoyo de la Xunta, el club promueve una red de empresas que apuestan por la sostenibilidad como valor diferencial, visibilizando una oferta turística responsable, diversa y en continuo crecimiento.
La previsión de estancia media para el próximo mes supera las cinco noches y el precio medio por noche ronda los 100 euros.
Galicia cerró el mes de junio con un porcentaje de ocupación de cerca del 62%, con picos de hasta el 86% en el puente de San Juan.
El presidente del Clúster y el director de Turismo de Galicia presentaron hoy datos de balance del mes de junio y las previsiones de julio, así como nuevas herramientas de monitorización y análisis de datos para el sector.
Los establecimientos de alojamiento gallegos tienen vendidas cerca de la mitad de las plazas para el mes de julio. A día de hoy, las reservas formalizadas se sitúan en un 51,86%, con un precio medio por noche de 98,96 euros. Estos datos son parte de las previsiones para el próximo mes que avanzaron esta mañana el presidente del Clúster de Turismo, Cesáreo Pardal, y el director de Turismo de Galicia, Xosé Merelles, en una rueda de prensa, en la que también dieron cuenta del balance del mes de junio.
Los datos, procedentes del Sistema de Monitorización y Análisis de Datos de Alojamiento, SIMADA, que puso en marcha el Clúster en colaboración con Turismo de Galicia, apuntan a que la estancia media para el mes de julio está en torno a 5,49 noches. Además, los datos disponibles señalan que el origen de los viajeros será mayoritariamente de origen nacional (61,68%) y en un 19,68% internacional, aunque en estos momentos el 18,51% de los viajeros que realizaron una reserva no indicaron su origen.
Respeto al mes de junio, el porcentaje de ocupación en los alojamientos gallegos se situó en el 61,91% con un precio medio por noche de 69,56 euros. Hace falta señalar que, tanto la ocupación como el precio por noche alcanzaron picos de más del 86% y los 82 euros en alguna jornada del puente de San Juan. El porcentaje medio de ocupación en los días del puente, entre el viernes 20 y el martes 24 de junio, fue del 70,43% y el precio medio de 78 euros.
La estancia media durante junio fue de 3,69 noches y respecto al origen de los visitantes, la mayoría, cerca del 70%, fueron de origen nacional y cerca del 28% internacionales. En cuanto a los países de origen de los viajeros internacionales, en primer lugar está Portugal, seguido de Estados Unidos, Polonia y Alemania. En el caso de los viajeros nacionales, Madrid es la Comunidad de origen mayoritario, seguida de Andalucía, Castilla y León y Castilla-La Mancha.
SIMADA
El presidente del Clúster de Turismo de Galicia explicó el funcionamiento de SIMADA, un sistema que ofrece a las empresas adheridas datos actualizados de ocupación, precios y canales de venta, lo que les permite tomar decisiones estratégicas y ajustarse a las tendencias del mercado en tiempo real. La información procede, esencialmente, de los sistemas de gestión de los propios alojamientos y se complementa con datos de web scrapping de sitios relevantes de comercialización turística e información estadística del INE o AENA.
SIMADA es sistema gratuito al que puede acceder cualquier empresa de alojamiento que ceda sus datos, que se consultan siempre de forma agregada y anónima, con todas las garantías de seguridad y confidencialidad. El acceso a la información se realiza a través de una aplicación web accesible y sencilla, diseñada para que cualquier usuario pueda aprovechar al máximo sus funcionalidades sin necesidad de conocimientos técnicos avanzados.
El presidente del Clúster y el director de Turismo anunciaron la firma en los próximos días de un convenio de colaboración con una aportación de la Xunta de 72.600 euros para avanzar en la segunda fase de implantación de SIMADA, que permitirá incorporar nuevas funcionalidades, y extender el alcance del sistema a más empresas gracias a las actividades de difusión y asesoramiento.
Preguntas frecuentes sobre el tratamiento de datos personales en el marco del Real Decreto 933/2021, del 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje.
El pasado jueves 12 de junio, el Clúster de Turismo de Galicia organizó un webinar informativo sobre las implicaciones del Real Decreto 933/2021, que regula las obligaciones de registro documental y comunicación de datos en actividades de hospedaje. La sesión, dirigida a alojamientos y agencias de viajes, abordó dudas frecuentes del sector sobre el uso de la plataforma SES.HOSPEDAJES, la gestión de datos personales o las nuevas exigencias legales que deben cumplir los establecimientos turísticos desde la entrada en vigor de la norma.
A continuación, recogemos algunas de las preguntas y respuestas más relevantes para los profesionales:
¿Cuándo un establecimiento de alojamiento o una agencia de viajes recaba datos de un viajero para cumplir con la obligación establecida en el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor (en adelante RD 933/2021) debe facilitar información sobre protección de datos personales a esos viajeros?
En efecto, el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos – RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) recogen la obligación de informar en los artículos 13 y 14 RGPD, así como en el art. 11 LOPDGDD. Esta información se debe realizar por capas, de tal modo que, en un primer momento, cuando realiza el check-in, se facilite una información básica al viajero y luego, en la política de privacidad del establecimiento, se debe completar dicha información.
¿Puedo pedir una copia del DNI, NIE o PASAPORTE a un viajero/huésped para verificar su identidad?
No. Exigir una copia o realizar un escaneo del DNI, NIE o PASAPORTE supone un tratamiento de datos excesivo que incumple el principio de minimización de datos establecido en el art. 5 RGPD.
El establecimiento de alojamiento o agencia podrá verificar la identidad exigiendo que se muestre el documento, pero nunca podrá realizar copia del mismo, ya que este documento contiene muchos más datos personales de los exigidos por la normativa. Además, es un documento “sensible” que puede utilizarse posteriormente para suplantar la identidad de una persona.
El 17 de junio de 2025 la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una nota informativa en la que informa que no está permitido solicitar una copia del DNI o pasaporte en los hospedajes.
Tampoco se debería solicitar un “selfi” del huésped para validar su identidad con el DNI, ya que la imagen no es un dato exigido por el RD 933/2021 y por tanto estaríamos incumpliendo el principio de minimización de datos personales.
Incluso si tenemos el consentimiento del viajero para almacenar copia de su DNI, a pesar de que tendríamos una base legal, podríamos estar ante un tratamiento de datos innecesario igualmente. Además, el consentimiento podría no ser completamente libre, ya que el huésped puede verse constreñido a facilitar copia de su DNI bajo la posibilidad de quedarse sin alojamiento. En todo caso, el consentimiento para que sea libre, debería permitir que el viajero no lo otorgase el consentimiento, ya que en otro caso el consentimiento no sería libre.
¿Puede almacenar los DNI mediante ocultación de los campos no necesarios?
En principio, si solo se almacenase el DNI con los campos no necesarios ofuscados, parece que no se incumpliría el principio de minimización. Lo mismo pasaría si se escanease con un lector OCR que solo extrajera los datos requeridos en el RD 933/2021.
En todo caso sería aconsejable exigir a la empresa que presta este servicio y carga los datos en el PMS (Sistema de Gestión de Propiedades, del inglés Property Management System), que nos certifique que cumple con la normativa vigente en protección de datos personales.
El problema es que la gente está muy sensibilizada actualmente con entregar su DNI, lo que puede generar problemas.
En todo caso, habrá que estar a lo que disponga la AEPD en sus resoluciones y guías de buenas prácticas sobre la materia.
¿Puedo establecer un sistema de check-in online para evitar colas en el establecimiento?
En efecto, el RD 933/2021 y su normativa de desarrollo (incluido el borrador de la futura Orden de desarrollo) establecen la posibilidad de recabar estos datos de forma on-line con carácter previo. A estos efectos, la normativa exige, en estos casos, que se establezcan sistemas para la verificación a distancia de la exactitud de los datos.
La AEDP recomienda, a título de ejemplo, el uso de mecanismos como:
Certificados digitales.
Comprobación con los datos asociados al método de pago utilizado.
La autenticación a través de códigos de seguridad enviados al teléfono o correo electrónico del cliente/huésped.
Otros que el establecimiento considere siempre que cumplan con el RGPD.
¿A qué sanciones me enfrento por incumplir las obligaciones de registro documental y comunicación establecidas en el RD 933/2021?
Las sanciones por incumplimiento de esta normativa son las siguientes:
Graves: Multa de 601 hasta 30.000 euros por las siguientes infracciones:
La carencia de los registros documentales.
La omisión de las comunicaciones obligatorias de datos.
Leves: Multa desde 100 a 600 euros por las siguientes infracciones:
Las irregularidades o deficiencias en la cumplimentación de los registros previsto.
La alegación de datos o circunstancias falsos, siempre que no constituya infracción penal.
La omisión de comunicaciones obligatorias dentro de los plazos establecidos, siempre que no constituya infracción penal.
¿Se están aplicando ya las sanciones?
En efecto, sí. Aunque la nueva Orden que desarrollará el RD 933/2021 aún no se ha aprobado, ya se han impuesto las primeras sanciones por incumplimiento de la normativa, por lo que se debe estar al cumplimiento estricto del RD 933/2021 y la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, en su redacción dada por la Orden INT/321/2021, de 31 de marzo, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y otros análogos hasta que se publique la nueva Orden que suavizará los requisitos y aclarará la forma de realizarlo.
¿Si cumplo con el RD 933/2021 me pueden sancionar también por incumplimiento de la normativa en materia de protección de datos?
En efecto, sí. Ambas normativas son independientes y ambas normativas han de cumplirse. Por ejemplo, si solicitamos una copia del DNI a un huésped podemos estar cumpliendo la obligación de verificar la corrección de los datos del RD 933/2021, pero estaríamos incumpliendo la normativa en materia de protección de datos.
¿Cuáles son las sanciones por incumplir las obligaciones en materia de protección de datos?
La LOPDGDD establece tres tipologías de sanciones:
Sanción de hasta 40.000 euros para infracciones leves (art. 74).
Sanción de 40.001 hasta 300.000 euros para infracciones graves (art. 73).
Sanción de 300.001 hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual para infracciones muy graves (art. 72).
¿Durante cuánto tiempo debo conservar los datos del Libro-Registro de Viajeros?
La normativa actual establece que deben conservarse un plazo de 3 años desde la fecha desde la grabación digital de la información.
¿Es necesario almacenar los datos del Libro-Registro de Viajeros en la nube (Cloud)?
No, no es necesario. Lo que sí es necesario es conservarlos garantizando la confidencialidad, integridad y disponibilidad de estos datos. Deben de articularse en consecuencia sistemas de información robustos para almacenar estos datos o subcontratar esta actividad en un tercero que reúna todas las garantías.
¿Es posible que una agencia de viajes colabore con un establecimiento de alojamiento para realizar un check-in previo del huésped o viajero?
Sí, en efecto. Una agencia de viajes podría colaborar con un establecimiento de alojamiento realizando por cuenta de aquel la toma de datos que se exigen por el RD 933/2021 para después remitírselo al establecimiento. En todo caso, para realizar este tratamiento de datos personales, se deberá firmar un contrato de encargo de tratamiento de datos, de conformidad con el artículo 28 del RGPD, entre el responsable del tratamiento, que será siempre el establecimiento de alojamiento, y la agencia de viajes, que actuará como encargada del tratamiento de datos. Además, se deberá informar a los viajeros de este flujo de datos.
De todos modos, debe tenerse en cuenta que por la diversa casuística de agencias (mayoristas, minoristas, mixtas; de receptivo o emisor…) se deberá analizar caso por caso ya que incluso, dada la complejidad de la cadena de la intermediación, es posible que ni siquiera la agencia pueda estar en disposición de dichos datos.
¿Qué datos debe solicitar el establecimiento de alojamiento (actividad de hospedaje) en el check-in?
Actualmente, debemos registrar y comunicar los datos del viajero que se recogen en el Anexo I.3 y los datos de la transacción que se recogen en el Anexo I.4 del RD 933/2021. En todo caso, la plataforma SES.HOSPEDAJES solo exige (de conformidad con el proyecto de Orden aun no aprobada) los siguientes datos:
ACTIVIDADES DE HOSPEDAJE (PROFESIONAL)
Núm.
Datos de las personas en alojamiento
1
Nombre completo.
2
Primer Apellido.
3
Segundo Apellido (en su caso).
4
Sexo (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
5
Número de documento de identidad (DNI, TIE, Pasaporte). Los menores de 14 años no tienen obligación de disponer de documento que acredite su identidad, por lo que no sería necesario.
6
Número de soporte. En caso de reserva si es conocido.
7
Tipo de documento. En caso de reserva si es conocido.
8
Nacionalidad.
9
Fecha de nacimiento (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
10
Dirección de residencia habitual (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
11
Localidad (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
12
País (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
13
Teléfono fijo o móvil y/o Correo electrónico de al menos 1 persona alojada.
14
Relación de parentesco, o de otra clase, entre las personas mayores y menores de edad. En caso de reserva si es conocido.
Núm.
Datos de la transacción
15
Referencia del contrato/reserva.
16
Fecha del contrato/reserva.
17
Fecha de entrada (en caso de reserva la previsión).
18
Hora de entrada (en caso de reserva la previsión).
19
Fecha de salida (en caso de reserva la previsión).
20
Hora de salida (en caso de reserva la previsión).
21
Dirección completa del inmueble.
22
Fecha de pago.
23
Tipo de método de pago: efectivo, tarjeta, plataforma de pago, transferencia.
¿Qué datos debe solicitar el establecimiento de alojamiento (actividad de hospedaje) en la reserva?
Los siguientes cuatro datos sobre el viajero, salvo que el resto sean conocidos, y el resto de datos sobre la transacción:
ACTIVIDADES DE HOSPEDAJE (PROFESIONAL)
Núm.
Datos de las personas en alojamiento
Datos en reserva
1
Nombre completo.
Siempre
2
Primer Apellido.
Siempre
3
Segundo Apellido (en su caso).
Siempre
4
Sexo (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
Solo si es conocido
5
Número de documento de identidad (DNI, TIE, Pasaporte). Los menores de 14 años no tienen obligación de disponer de documento que acredite su identidad, por lo que no sería necesario.
Solo si es conocido
6
Número de soporte. En caso de reserva si es conocido.
Solo si es conocido
7
Tipo de documento. En caso de reserva si es conocido.
Solo si es conocido
8
Nacionalidad.
Solo si es conocido
9
Fecha de nacimiento (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
Solo si es conocido
10
Dirección de residencia habitual (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
Solo si es conocido
11
Localidad (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
Solo si es conocido
12
País (Solo en caso de que conste en el documento de identificación o sea conocido por haberlo aportado la persona interesada).
Solo si es conocido
13
Teléfono fijo o móvil y/o Correo electrónico de al menos 1 persona alojada.
Siempre
14
Relación de parentesco, o de otra clase, entre las personas mayores y menores de edad. En caso de reserva si es conocido.
Solo si es conocido
Núm.
Datos de la transacción
Datos en reserva
15
Referencia del contrato/reserva.
Siempre
16
Fecha del contrato/reserva.
Siempre
17
Fecha de entrada (en caso de reserva la previsión).
Siempre
18
Hora de entrada (en caso de reserva la previsión).
Siempre
19
Fecha de salida (en caso de reserva la previsión).
Siempre
20
Hora de salida (en caso de reserva la previsión).
Siempre
21
Dirección completa del inmueble.
Siempre
22
Fecha de pago.
Siempre
23
Tipo de método de pago: efectivo, tarjeta, plataforma de pago, transferencia.
Siempre
¿Qué datos deben solicitar las agencias de viaje (actividad de hospedaje)?
Los mismos que se comentaron en el punto anterior para las reservas.
¿A qué datos se refiere el anexo I con las denominadas “plataforma de pagos”?
Las plataformas de pago, también conocidas como pasarelas de pago, son sistemas que facilitan las transacciones financieras en línea, conectando a los comercios con los bancos y procesando los pagos de forma segura. Estas plataformas permiten a los negocios aceptar diversas formas de pago, como tarjetas de crédito, débito, transferencias bancarias y billeteras digitales, y son cruciales para el comercio electrónico. Ejemplos: PayPal, Stripe, Redsys, Amazon Pay, Shopify Payments o Bizum entre otros.
¿Cuándo tengo que comunicar los datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado?
Se debe hacer de manera inmediata, y en todo, a más tardar en un plazo no superior a 24 horas. Este plazo se cuenta desde que se realiza la reserva o desde la anulación (también debe comunicarse) o desde el inicio de los servicios contratados, es decir, desde el check-in.
Si se realiza por ejemplo en la hora 25, sería sancionable por infracción leve.
¿Qué pasa si se produce una caída de la plataforma SES.HOSPEDAJES o se producen errores en la comunicación?
La obligación de comunicar persiste, por lo que se recomienda reintentar durante el plazo de 24 horas del que disponemos. En todo caso, se deberían recoger evidencias del error que se produce mediante capturas de pantalla y cualquier otra forma que permita probar que la plataforma generaba errores. Además, se recomienda comunicar los datos de que se dispongan, aunque sean incompletos, ya que es mejor que no comunicar nada.
Por otro lado, se recomienda ponerse en contacto de forma inmediata con el soporte de SES.HOSPEDAJES en: hospedajes@interior.es
¿Si los datos que remito a SES.HOSPEDAJES son incorrectos, quien es el responsable?
En principio es el establecimiento responsable de recabar y comunicar los datos de forma exacta. La normativa nos obliga a que los datos transmitidos coincidan con los documentos o sistemas que acrediten la identidad de las personas, por lo que podemos solicitar al viajero que nos exhiba dichos documentos, pero no hacer copias.
¿Qué sucede si me exhiben un DNI o Pasaporte en formato digital?
La comprobación de la exactitud de los datos se puede realizar exactamente igual siempre que sea la aplicación oficial del DNI, por ejemplo, que está disponible para iOS y Android.
Tiene la misma validez que el DNI físico, sin embargo, no sirve para:
Acreditar la identidad a través de internet.
Acreditar la identidad de manera presencial sin conexión de datos.
Presentarlo como documento de viaje electrónico para paso de fronteras.
Acreditar la identidad en otros países.
Hacer gestiones telemáticas de autenticación y/o firma electrónica.
¿Qué datos de medio de pago debo consignar?
Se debe consignar el medio de pago que se conozca del viajero. En todo caso, en el supuesto de agencias de viajes, en muchas ocasiones se desconoce este dato ya que solo se conoce el medio de pago de la agencia que a su vez contrata los servicios de otra. En estos casos se debería consignar el dato que se conozca.
Cuando participan en la relación comercial varias entidades intermediarias, el sujeto obligado a comunicar los datos es aquel que mantiene una relación contractual directa y final con el cliente, según las preguntas frecuentes del Ministerio del Interior.
Este tipo de cuestiones, sin embargo, aún no han sido resueltas por la normativa.
¿Es obligatorio traducir los datos de viajeros que están en otros idiomas?
La plataforma SES.HOSPEDAJES requiere que los datos introducidos estén en lengua castellana. Estamos ante un procedimiento administrativo que se realiza con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Ministerio del Interior y rige el art. 15 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
“Artículo 15. Lengua de los procedimientos.
La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el castellano. No obstante lo anterior, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. En este caso, el procedimiento se tramitará en la lengua elegida por el interesado. Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua, el procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos.
En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica correspondiente.
La Administración Pública instructora deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, no será precisa su traducción.”
¿Debemos eliminar la información de un cliente habitual al cabo de 3 años que es el límite de conservación de los datos del Registro de Viajeros?
No, el plazo de tres años se refiere al registro de viajeros, pero el dato de un cliente habitual puede conservarse mientras dure o se mantenga la relación contractual con el mismo.
Una cosa es el registro de viajeros, y otra es la base de datos de clientes que mantengamos.
¿Es posible recabar los datos del padre, madre, fecha de nacimiento, etc… cuando acude un menor?
La normativa nos indica que debemos recabar, además de los datos de viajero de ese menor, la relación de parentesco entre los viajeros en el caso de que alguno sea menor de edad. Esto implica que, si viajan menores, el adulto responsable debe indicar el vínculo familiar que existe entre ellos. Esto significa que, por ejemplo, si un padre viaja con su hijo, el padre deberá indicar que es su «padre» o si es un abuelo, deberá indicar que es el «abuelo» del menor, o incluso un monitor deportivo. La finalidad de este requisito es facilitar la identificación y seguimiento de los menores en caso de ser necesario, y asegurar la correcta aplicación de las normas de protección infantil.
Además, si es menor de 14 años, esos datos serán proporcionados por la persona mayor de edad de la que vayan acompañados.
La normativa no exige recabar otros datos a mayores, por lo que debemos ceñirnos a lo que nos exija el anexo I del RD 933/2021, ya comentados anteriormente.
¿Cómo se deben compartir los documentos sensibles como DNI o Pasaporte?
Los documentos como el DNI, Pasaporte o cualquier otro que contenga información personal o sensible de una persona nunca se debe compartir por medios que no ofrezcan las garantías suficientes, tales como un correo electrónico sin cifrar.
Se debe realizar un análisis de riesgos y en función del mismo establecer una serie de medidas de seguridad adecuadas. En todo caso, el art. 32 del RGPD nos señala que estas medidas se adoptaran teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas.
En todo caso una medida idónea es cifrar el contenido de los correos electrónico con un cifrado (mediante contraseñas robustas en el documento, sistema de firma electrónica, etc..).
También el uso de plataformas seguras para el intercambio de datos, en las que se requieran credenciales de acceso suele ser un medio idóneo para el intercambio de datos como puede ser OneDrive, etc…En todo caso se recomienda analizar las políticas de privacidad de estas soluciones, ya que en ocasiones los servicios gratuitos no ofrecen garantías suficientes.
¿Si Booking ya realiza un envío de datos, el alojamiento también debe remitir los datos?
Si las obligaciones de registro y comunicación de datos son independientes y afectan a diversos actores.
¿Si una OTA no tiene domicilio fiscal en España se le aplica esta normativa?
Sí. Esta normativa se aplica a las plataformas digitales dedicadas, a título oneroso o gratuito, a la intermediación en actividades alojamiento (y demás del RD 933/2021) a través de internet, presten o no el servicio subyacente objeto de mediación, siempre que ofrezcan servicios en España. Es irrelevante que presten el servicio, y tampoco es relevante que tengan domicilio en España, sino simplemente que ofrezcan aquí sus servicios.
¿Si soy agencia intermediadora que se relaciona únicamente con el mayorista, debo remitir también la información?
En principio, el art. 2 del RD 933/2021, solo establece la sujeción de los operadores turísticos que presten servicios de intermediación entre las empresas dedicadas a la hospedería y los consumidores, es decir, las minoristas. En este sentido, las mayoristas en principio no estarían en el ámbito. Sin embargo, esto hay que ponerlo en concordancia con los arts. 150 y ss del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que regula los viajes combinados, ya que se considera «Organizador» cualquier empresario que combina y vende u oferta viajes combinados directamente, a través de o junto con otro empresario, no estando estos organizadores eximidos de las obligaciones establecidas, como tampoco lo están los minoristas, ni los empresarios que facilitan servicios de viaje vinculados, aunque declaren que actúan exclusivamente como prestadores de un servicio de viaje, como intermediarios o en cualquier otra calidad, o que los servicios que prestan no constituyen un viaje combinado o servicios de viaje vinculados.
De todos modos, también están sujetas según el RD 933/2021 las plataformas digitales dedicadas a la intermediación en estas actividades a través de internet, presten o no el servicio subyacente objeto de mediación.
En todo caso, se recomienda evacuar la consulta directamente al Ministerio del Interior porque ha habido información contradictoria en el pasado.
¿Una agencia debe comunicar los datos del titular de la reserva o bien debe comunicar todos los datos de los alojamientos?
La agencia está obligada a comunicarlos todos, no solo al titular de la reserva. Se hace una comunicación por expediente, pero donde la va la relación total de viajeros y alojamientos.
¿Dónde se puede obtener más información sobre estas cuestiones?
El Ministerio del Interior ha puesto a disposición de los establecimientos obligados un portal con información relevante que puede consultarse en:
La normativa que rige el registro de viajeros está compuesta por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor y la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, en su redacción dada por la Orden INT/321/2021, de 31 de marzo, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y otros análogos, en cuanto a las obligaciones de registro documental en cuanto no se oponga al RD 933/2021.
Las empresas asociadas al Clúster podrán beneficiarse de una cuota de participación bonificada por su vinculación institucional.
El plazo de inscripción para el workshop profesional de Fairway Santiago 2025, que se celebrará los días 10 y 11 de noviembre en la Cidade da Cultura de Galicia (Santiago de Compostela), ya está abierto.
Este encuentro, centrado en el Camino de Santiago, reunirá a empresas turísticas gallegas y nacionales con compradores internacionales especializados (Hosted Buyers). Las empresas asociadas al Clúster podrán beneficiarse de una cuota de participación bonificada, en virtud de su vinculación institucional, con un coste de 230 euros más IVA (278,30 euros en total).
El plazo de inscripción permanecerá abierto hasta el 10 de octubre de 2025, con plazas limitadas. Se permitirá la participación de hasta dos personas por empresa, siendo recomendable que al menos una de ellas tenga conocimientos de inglés. Para acogerse al descuento, es imprescindible indicar “Clúster de Turismo de Galicia” al seleccionar la modalidad de pago “Cuota Inscripción Bonificada por vinculación a Institución /Asociación”.
Una vez finalizado el período de inscripción, las empresas recibirán acceso a la plataforma del workshop, donde podrán consultar el listado de Hosted Buyers participantes y seleccionar sus preferencias de reuniones. Aproximadamente quince días antes del evento se facilitará la agenda personalizada de encuentros, ajustada en la medida de lo posible a las solicitudes realizadas.
Fairway Santiago 2025 representa una importante oportunidad de promoción y comercialización para las empresas vinculadas al Camino de Santiago, en un entorno profesional orientado al intercambio y la generación de negocio.